martes, 18 de marzo de 2014

TEMA 3: GESTION DE COMPRA – VENTA





1. LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS EN LA EMPRESA
La empresa, dentro de sus relaciones comerciales, tiene que usar una serie de documentos relacionados con la compra y venta de sus mercancías.
La actividad de la empresa comienza con la adquisición de productos o materia prima que, posteriormente, serán vendidos en la misma forma que se compraron o tras ser transformados.
Fases de un proceso de compra:
- La empresa solicita información a los posibles proveedores
- Estudio comparativo de las ofertas recibidas
- Solicitud de la mercancía
- Recepción de la mercancía.
- Almacenamiento.
- Recepción de la factura de la entrega realizada
- Pago del importe de la factura
- Contabilización del pago.
Fases de un proceso de venta:
 Recepción del pedido por parte del cliente.
 Envío de la mercancía
 Elaboración de la factura
 Cobro de la factura
 Contabilizar el cobro

2. DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA COMPRAVENTA
Los documentos habituales relacionados con la compraventa de un servicio o bien son:
- La propuesta de pedido
- El albarán
- La factura
Estos documentos deben ser creados por cada empresa o bien pueden usar los que hay en el mercado. Sólo es obligatorio que estos documentos contengan lo que debe figurar en ellos. Los vemos a continuación.

2.1. LA PROPUESTA DE PEDIDO
Cuando una empresa decide comprar algo debe hacer el correspondiente pedido a la empresa que lo vende (suministradora), y lo puede hacer de varias formas:
- A través de un representante.
- De palabra: directamente o por teléfono
- Mediante impreso (carta, fax, email). Cada empresa debe elaborar su propio modelo de pedido y el él aparecerán los siguientes datos:
- La identificación del comprador y vendedor (nombre, domicilio, NIF O CIF, teléfono ….)
- Fecha de pedido y número de orden del pedido (éste último identifica el pedido, así como la Referencia.
- Relación completa de los artículos solicitados, así como de las cantidades de cada artículo que se solicitan.
- Precios de cada artículo
- La forma de envío y el lugar donde deben entregarse las mercancías
- Condiciones de pago y fecha de entrega.
- Precisión sobre quién corre con los gastos de envío, el seguro ….
- Descuentos que, en su caso, deben aplicarse.
- Firma y sello de quien lo emite.
Copias: se emitirán tantas copias como la empresa considere oportuno.

2.2. EL ALBARAN
Una vez que el cliente ha formulado la voluntad de comprar mediante el pedido, el vendedor prepara los artículos que va a servir. Estos recorren un circuito desde el almacén hasta el punto de destino, donde se efectuará la entrega física de los productos.
En este momento aparece un segundo documento, el albarán o nota de entrega, que es el documento que acompaña a los artículos cuando se entregan.
Tiene una doble finalidad: por un lado, supone un justificante de la salida de los artículos del almacén y, por otro lado, acredita que se ha realizado la entrega.
El albarán consta de varias copias, normalmente 4 de diferentes colores, cuyo destino es:
 Copia para el vendedor, para demostrar su salida
 Copia para el transportista: sirve para justificar la realización del servicio de transporte por la empresa que lo realizó.
 Copia para el comprador: El cliente, como comprobante de los artículos recibidos.
 Copia firmada por el comprador, que la devolverá al vendedor una vez firmada tras comprobar que la mercancía se ajusta en cantidad, calidad y estado de conservación a la solicitada en el pedido. El comprador con su firma da la conformidad a la mercancía recibida.
Tampoco existe un modelo oficial de albarán, pero debe contener:
 Datos identificativos de comprador y vendedor
 Número de pedido a que corresponde
 Fecha de entrega y de envío
 Medio de transporte
 Descripción de la mercancía
 Firma.
Los albaranes pueden ser de dos tipos: valorados (en los que figura los precios unitarios y totales de cada uno de los productos) o sin valorar (sólo recogen la descripción y cantidad de los productos.

2.3. LA FACTURA
En este modelo se formalizan las operaciones de compra – venta, por lo que se debe realizar por duplicado, quedándose cada parte con un ejemplar.
Deben emitir facturas los empresarios y profesionales por las operaciones que realicen en el ejercicio de su actividad.
Antes de confeccionar la factura habrá que tener el pedido del cliente, compararlo con el albarán de salida y aplicar los precios establecidos a los diferentes artículos servidos.
Las facturas se pueden redactar en cualquier modelo, siempre que contengan:
 Numero y serie de factura
 Nombre apellidos (persona física) o denominación social (persona jurídica); NIF, y domicilio del comprador y vendedor.
 Descripción de la operación, con detalle de los bienes o servicios que se transmiten y su contraprestación total.
 Base imponible, Tipo de IVA, cuota de IVA, o la expresión “IVA incluido”
 Lugar y fecha de emisión

Tipos de facturas.
Dependiendo de los requisitos legales que deban cumplir se distinguen 3 tipos de facturas:
 Factura Completa: Se emitirá siempre que el destinatario de la factura sea un empresario o un profesional que actúe como tal y tenga derecho a deducción por IVA. Debe reunir todos los requisitos vistos anteriormente.
 Factura Simplificada: Se emitirá cuando el destinatario no actúe como empresario o profesional y el importe de la operación no supere los 100 euros. En estos casos no será necesario que aparezcan los datos identificativos del destinatario de la misma.
 Documentos sustitutivos de la factura: en el caso de que el importe de la factura no supere los 3.000 euros, las facturas podrán ser sustituidas por vales numerado o tickes expedidos por máquinas registradoras en los siguientes casos:
o Ventas al por menor (realizadas a consumidores finales)
o Transporte de personas
o Venta y servicios prestados de forma ambulante y a domicilio.
o Servicios de hostelería, restauración, bares, cafeterías, etc
o Servicios telefónicos
o Utilización de instalaciones deportivas
o Salas de baile, discotecas, videoclub, etc
En los vales expedidos deben constar los siguientes datos:
 Número y, en su caso, serie.
 NIF del vendedor.
 Porcentaje de IVA o la expresión IVA INCLUIDO.
 Contraprestación total en euros.

Emisión de la factura.
Los empresarios deben emitir una factura por cada operación cuando el comprador sea un consumidor final. Cuando el comprador sea un empresario la emisión de la factura se puede aplazar como máximo un mes desde que se produjo la venta, siendo posible agrupar todas las operaciones realizadas con el mismo comprador en el plazo de un mes.

Conservación de la factura.
 Facturas de ventas: los empresarios deben conservarlas durante 6 años.
 Facturas de compras: deben conservarse durante 6 años con carácter general, excepto las de bienes de inversión que se conservarán durante 10 años y las de compra de terrenos o edificios durante 15 años.

Conceptos que influyen en el cálculo de la factura:
Para calcular el importe total de una factura influyen una serie de conceptos como descuentos, gastos e impuestos.
Orden lógico de realización de una factura:
 Calcular el importe bruto: se multiplica el precio unitario de cada artículo por el nº de unidades vendidas. Sumando el importe de cada artículo se obtiene el importe bruto total.
 Descuentos: son bonificaciones que se aplican al valor de los productos para aminorar su coste. Hay 3 tipos:
 Descuento comercial: reducción del valor del bien debido a promociones, ofertas o, simplemente, para abaratarlo. Se calcula sobre el importe bruto total.
 Descuento por volumen de ventas o rappels: se realizan en función del volumen de compras realizadas, es decir, si se superan un nº determinado de unidades compradas, se aplican. Se calculan sobre el importe bruto total.
 Descuento por pronto pago: se realizan cuando el comprador paga de forma inmediata y no aplaza el pago de la factura. Este descuento se aplica a la cantidad resultante de restar al importe bruto total los descuentos comerciales y por volumen de ventas si los hubiere.
 Gastos o suplidos: en ocasiones, la factura puede recoger una serie de gastos que incrementarán el importe de los productos y, por tanto, de la operación de compraventa. Destacan los siguientes:
 Portes: son los gastos que se originan por transportar la mercancía desde el almacén del vendedor hasta el comprador. Se incluyen en la factura cuando éstos corran por cuenta de comprador y el transporte lo realice el vendedor o una empresa contratada por éste.
 Embalajes y envases: Embalajes son los contenedores o cajas que empaquetan y protegen los envases que contienen el producto; los envases son los recipientes que contienen físicamente el producto.
 Seguros: son las cantidades pagadas en concepto de seguro para cubrir los posibles desperfectos que pudiera sufrir la mercancía durante su traslado. Se incluyen en la factura cuando corran por cuenta del comprador.
 Base Imponible: Tanto los conceptos que reducen el importe de la factura (descuentos) como los que lo incrementan (portes, embalajes, envases y seguros) dan lugar a lo que se denomina Base imponible, que será la cantidad sobre la cual se aplica el IVA.

Gráficamente sería así:
Calculo de la base imponible:


Los impuestos en la factura: sobre la base imponible aplicaremos unos tipos de IVA y se obtendrá una cantidad a la que se llama Cuota de IVA.

Cálculo de la cuota de IVA

* =

Cálculo del importe total de la factura

+ =

Los porcentajes vigentes de IVA son:
Tipo superreducido: 4%
Tipo reducido: 10%
Tipo general: 21%

Cuando el empresario que compra está sometido al Régimen especial del IVA de Recargo de equivalencia, en la factura se deben incluir unos porcentajes adicionales de IVA:
 Si los productos van al 21% de IVA: un 5,2 de RE.
 Si los productos van al 10 de IVA: un 1,4% de RE.
 Si los productos van al 4% de IVA: un 0,5% de RE.

3.- DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PAGO Y EL COBRO
El proceso de la compraventa termina con el pago al vendedor de los artículos entregados como contrapartida.
El momento de pago se establece por acuerdo entre el comprador y el vendedor, y puede ser:
 Al contado: se hace en el momento de recibir los artículos o en un breve espacio de tiempo
 Pago aplazado: se hace con posterioridad a la entrega, normalmente hasta un plazo de 6 meses.

En el cobro y el pago los documentos más habituales son:
 Cheque
 Recibo
 Tarjetas de crédito
 Transferencias bancarias
 Letra de cambio

3.1.- EL CHEQUE
Los cheques son documentos que contienen una orden de pagar una determinada cantidad de dinero.
El cheque es un documento que tiene que cumplir unos determinados requisitos:
a. la denominación de “páguese por este cheque”
b. el mandato de pagar una determinada cantidad en euros u otra moneda. Este mandato viene en la expresión “páguese por este cheque a ..... euros.......
c. El nombre de quien ha de pagar el cheque a su presentación, denominado librado, que necesariamente tiene que ser un banco.
d. el lugar de pago
e. fecha y lugar de emisión del cheque
f. firma del que expide el cheque, denominado librador. La firma tiene que ser de puño y letra

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL CHEQUE
 Librado: es el banco que tiene que pagar el cheque
 Librador: es la persona que dispone de fondos de la cuenta. Es imprescindible su firma
 Tomador: es la persona que tiene que recibir el importe del cheque

CLASES DE CHEQUES:
 Al portador: son los cheques que llevan esta expresión. Deben pagarse a la persona que lo presente al cobro. El tomador es el poseedor del cheque, que se transmite con la simple entrega.
 Nominativo: se emiten a favor de una persona determinada, que es la que lo cobrará. Es imprescindible para cobrarlo presentar el D.N.I., y firmar el cheque por detrás.

CHEQUES ESPECIALES:
Cheque cruzado: el objeto es garantizar que sólo será cobrado por las personas designadas previamente para ello. En él aparecen dos barras paralelas y diagonales cruzándolo en su anverso. Hay dos tipos:
Cruzado general: si entre las barras no aparece mención alguna o bien la mención “Banco” o “y cía”. Este cheque sólo podrá ser cobrado mediante ingreso en la cuenta bancaria del tomador en cualquier entidad bancaria.
Cruzado especial: entre las barras aparece escrito el nombre de un banco determinado. En este caso, el cheque sólo podrá ser ingresado en esa entidad bancaria.
Cheque conformado: en él el librado acredita la autenticidad de los datos que aparecen insertados en él y que existen fondos en la cuenta para hacer frente a su pago. Este cheque garantiza al tomador el cobro del cheque. Se hace en el dorso del cheque.
Cheque para abonar en cuenta: aparece la mención “Para abonar en cuenta” en el anverso escrito transversalmente. Su objeto es impedir que el pago del cheque se haga en efectivo.

El cheque se puede avalar, es decir, la persona que tiene derecho a cobrar el cheque puede pedir al librador (persona que emite el cheque) que nombre a una tercera persona que pague el cheque en caso de que él no lo haga.

El cheque se puede endosar, es decir, transmitir la titularidad del cheque a otra persona para que lo cobre. Se cumplimentará en el reverso del cheque y deberá ir firmado por quien transmite la titularidad.


EL PAGO DEL CHEQUE.
Es un documento pagadero a la vista, esto es, cuando se presente a su cobro.
El que lo vaya a cobrar deberá presentarlo al cobro en los siguientes plazos, contados desde la fecha en que se firmaron o emitieron:
 Cheques emitidos en España y pagaderos en España: 15 días.
Se puede presentar transcurrido este plazo, pero el banco sólo lo pagará si en él quedan fondos para hacer frente al mismo o si la orden de pago no ha sido revocada por el librado.
Si presenta el cheque para su cobro y no lo cobra, el tenedor (el que va a cobrar el cheque) podrá reclamar su pago judicialmente ejerciendo la llamada “Acción de regreso”. Para ello deberá probar la falta de pago:
 Bien realizando un Levantamiento de Protesto Notarial: un notario da fe de la falta de pago del cheque.
 Bien por una declaración del banco, fechada y escrita en el cheque, con indicación del día de la presentación.
El tenedor (el que tiene el cheque para cobrarlo) del cheque impagado podrá reclamar al librador (persona que lo emitió), además del importe del cheque, los gastos ocasionados por haber ejercido estas acciones y un 10% del importe del cheque en concepto de daños y perjuicios.

3.2 EL RECIBO
Son los documentos mediante los que la persona que los elabora y los da reconoce haber recibido una determinada cantidad de dinero de la persona que acepta el recibo
Generalmente los recibos van en talonarios y constan de dos partes:
 el recibo propiamente dicho, que se entrega a la persona que ha hecho el pago como justificante el mismo.
 la matriz, que se queda en el talonario y contiene datos esenciales del recibo, como el número, el nombre de pagador, la cantidad pagada y el motivo del pago.
Cada empresa debe elaborar sus propios recibos.

3.3 LAS TARJETAS DE CREDITO
Es un documento que permite a su titular adquirir bienes y servicios sin efectuar su pago inmediato. El poseedor de una tarjeta ha debido solicitarla a una entidad bancaria y aceptar las condiciones de la entidad emisora. Ejemplos: VISA, Master Card....
Su utilización es simple: basta con mostrarla y firmar la factura, guardando una copia.
Con ellas también se puede obtener dinero en efectivo en cualquier entidad bancaria.
Con las tarjetas de crédito puedes comprar algo aunque no tengas dinero en la cuenta del banco en ese momento, ya que normalmente te lo van a cargar en la cuenta a finales de mes. No te confundas con las tarjetas de débito, con las que no puedes comprar nada si en ese momento no tienes dinero en la cuenta.

3.4 TRANFERENCIA BANCARIA
Es la operación por la cual se hace un traspaso de fondos entre dos cuentas corrientes correspondientes a dos titulares distintos o al mismo titular, pero abierta en distintos bancos.
El banco cobra una determinada cantidad en concepto de comisión
Otros medios de pago a destacar son:
 El abono en cuenta: es ingresar una cantidad en la cuenta de otro titular a través de un impreso bancario.
 El giro postal: es el envío de dinero a través del servicio postal de correos

3.5 LETRA DE CAMBIO
Es un documento expedido por una persona, llamada librador, ordenando a otra persona, llamado librado, que en el lugar y la fecha que se indica pague una cierta cantidad de dinero a la persona designada, llamada tomador.

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA LETRA DE CAMBIO
1. LIBRADOR: es la persona que crea la letra dando la orden de pago al librado. Sin su firma la letra carece de valor. Ej: es el vendedor de un coche.
2. LIBRADO: es la persona que ha de hacerse cargo del pago de la letra a su vencimiento. Es necesario que el librado acepte la letra, ya que la obligación nace cuando el librado acepta la letra. Ej: es el que compra el coche.
3. TOMADOR: es la persona a quien el librador transmite la letra para que el librado la pague. El tomador puede endosar la letra para que otro la cobre. Ej: es el banco donde el vendedor deja la letra para que la cobre: en ese momento el banco paga la letra al vendedor, y luego el banco va cobrando la letra al comprador.
4. AVALISTA: es la persona que garantiza que el importe de la letra va a ser hecho efectivo en el día de su vencimiento por el librado, ya que, en caso contrario, se hace responsable del pago.
5. ENDOSANTE Y ENDOSATARIO: el endosante es la persona que, siendo poseedora de la letra, la transmite a otra persona (endosatario), por medio del endoso.

EL IMPRESO OFICIAL DE LA LETRA DE CAMBIO
EL ANVERSO DE LA LETRA
1. Lugar de expedición: es el lugar ( población) en que se libra la letra
2. Moneda: euros, dólares, ...
3. Importe: en número
4. fecha de libramiento: la fecha en la que se expide la letra
5. Vencimiento: indica la fecha en que ha de hacerse el pago de la letra. Puede ser:
a. a fecha fija: el pago se hará en la fecha indicada en la letra
b. A un plazo contado desde la fecha (d/f): el día en que vence el plazo habrá de contarse tomando como referencia la fecha de libramiento.
c. A la vista: el pago deberá efectuarse por el librado en el momento en que le sea presentada por el poseedor de la misma. El plazo máximo para la presentación será de un año contado desde la emisión.
d. A un plazo contado desde la vista (d/v): el plazo empezará a contar a partir de la fecha de aceptación.
6. “Expresado a” a continuación se indica al librador; es el mandato de pago.
7. “persona o entidad” se indica al tomador de la letra, su domicilio ( es el domicilio de pago y, normalmente, el numero de cuenta para pagar).
8. Cláusulas: espacio destinado a consignar las cláusulas que se quiera de la letra. La más importante es “sin gastos”, que significa que no es necesario protestar la letra por falta de aceptación o de pago.
Si no se escribe nada, se entiende que es necesario protestar la letra en caso de falta de aceptación o de pago.
El librado puede negarse a aceptar o pagar la letra. En este caso, el que tiene que cobrar la letra (el tomador) lo tiene que hacer constar mediante el protesto.
El protesto hay que hacerlo en los 5 días posteriores al vencimiento de la letra ante Notario. El notario se lo comunicará al librado. Si no la paga, el tomador puede recurrir ante los tribunales. Los gastos del protesto son por cuenta del librado.
9. Nombre y dirección completa del librado.
10. Nombre, apellidos, dirección y firma del librador.
11. Acepto: es un acto por el cual el librado se compromete al pago de la letra a su vencimiento mediante su firma en este espacio

REVERSO DE LA LETRA
1. AVAL. es la declaración que tiene como finalidad garantizar el cumplimiento total o parcial del pago de la letra, y supone un compromiso que adquiere una persona de pagar en el caso de que no lo haga el librado.
En el aval intervienen dos personas: el avalista, que es la que presta el aval, y el avalado, que es la persona a la que se afianza
2. ENDOSO: si el tomador de la letra no quiere o no puede encargarse de su cobro, o simplemente si le conviene, puede ceder la letra a otra persona mediante endoso, transmitiendo en este caso todos los derechos resultantes de la misma.
Intervienen el endosante o cedente y el endosatario o adquirente.

EL VENCIMIENTO DE LA LETRA.
Es el momento en el cual la letra debe pagarse. La ley establece 4 fórmulas para establecer el vencimiento:
1. A fecha fija: cuando en la letra se pone una fecha concreta. Ej: 21 de febrero de 2014.
2. A un plazo contado desde la fecha: Se calcula contando los días o meses desde la fecha de libramiento de la letra. Ej: 30 días fecha: si la fecha en que se libra es el 5 de enero de 2014, la fecha de vencimiento es el 4 de febrero de 2014.
3. A la vista: la letra es pagadera en el momento de su presentación al cobro.
4. A un plazo desde la vista: el vencimiento se calcula contando los días o meses desde la fecha de aceptación de la letra.

EL ENDOSO.
La letra es un documento transmisible por endoso. Endosar un título es transmitir todos los derechos que de él se derivan a otra persona que pasará a ser el nuevo propietario de esos derechos.
Se realiza en el reverso de la letra en el espacio habilitado al efecto.
La letra puede ser endosada cuantas veces de desea antes del vencimiento de la misma.
Personas que intervienen: El endosante y el endosatario.

AVAL
La letra también se puede avalar: Se realiza en el reverso de la letra en el espacio habilitado al efecto.
Personas que intervienen: El avalista y avalado.

EL IMPAGO DE LAS LETRAS:
En este caso el tomador de la letra podrá ejercitar dos tipos de acciones:
 Acción directa: exigir el pago al librado o su avalista.
 Acción de regreso: Emprender accione contra el librador, endosantes y sus respectivos avalistas. Consiste en desandar el camino que siguió la letra desde su nacimiento. Para ejercitar la acción de regreso será necesario haber presentado la letra al cobro y probar que éste no fue atendido. Esta prueba se efectúa por diferentes medios:
o Levantamiento de protesto notarial.
o Declaración del banco domiciliario que conste en la letra firmada y fechada de que se presentó y no se pudo cobrar.
o Declaración del librado, que conste en la letra firmada y fechada, en la que se deniegue el pago.


EJERCICIOS

1.- La empresa DUCA SL, con domicilio en Sevilla CP 41010, C/Gª Lorca,132, con CIF: B 45612325 y teléfono 95 414 52 25, se dedica a la venta al por mayor de prendas de vestir.
El día 6 de marzo de 2008 hace un pedido (nº 73, ref: 2014) a su proveedor habitual Confecciones Vinil SA con domicilio en Madrid CP 28012 C/Lima,73, con CIF: A 28976431, de las siguientes mercancías:
 60 camisas modelo 32 (ref C32) a 20 euros cada una.
 120 camisas modelo 35 (ref C35) a 30 euros cada una.
 150 pantalones modelo 53 (ref. P53) a 25 euros cada uno.
La fecha de entrega establecida será el 10 de marzo.
El envío se realizará a través de Transportes Moreno SL y serán por cuenta del comprador, ascendiendo a 120 euros. Los gastos del seguro ascienden a 90 euros.
La forma de pago establecida es al contado, aplicando un descuento comercial del 5%, un rappels del 3% y un descuento por pronto pago del 6%.
El día 10 de marzo DUCA SL recibe la mercancía solicitada en el pedido nº 73, ref 2014. Junto a la mercancía se recibe el albarán nº M/27.
El 14 de marzo Confecciones Vinil entrega la factura nº 121/2014 correspondiente a la mercancía enviada el 10 de marzo. La ropa va al 21% de IVA.
El mismo día DUCA SL realiza el pago en efectivo y Confecciones Vinil SA extiende el correspondiente recibo nº 71.
Confecciona el pedido, el albarán, la factura y el recibo.

2.- Alberto García domiciliado en C/ Londres, 1-5º B 09007 Burgos, compró un equipo profesional de sonido por valor de 12.000 euros en “Electrónica Vicente,SA”, C/ San Cosme, 13 – Bajo 09001-Burgos el 9 de junio de 2008. Pagó en efectivo 5.000 euros y aceptó una letra de 7000 euros a 30 días fecha pagadera en Caja Circulo C/ Madrid,34-Bajo 09001 Burgos nº de cuenta 2323 5566 58 0000014785.
“Electrónica Vicente SA” descontó la letra en el BSCH C/ Vitoria, 234 – Bajo 09007 Burgos, que la endosó quince días más tarde al BBVA C/ Santander, 4 Bajo 09002 Burgos.
Marina Ibáñez C/ Espolón 31 – 4º A 09002 Burgos, avaló la letra.
Confecciona la letra de cambio y el recibo por el pago en efectivo
3.- “Cafetería Río Salvaje SL” C/ Tokio, 10 28012 de Madrid CIF: B 09080706, compra con fecha de hoy la siguiente maquinaria a “Distribuciones Ismatel SA” C/ Pekín, 2 28030 Madrid CIF: A 86757323:
 1 cafetera modelo 230 KHJ de 4.500 euros.
 2 neveras Siemens-A45 a 3080 euros cada una.
 1 máquina de hielo Balay H 67 de 2.300 euros.
Se pacta un descuento comercial de un 9%.
Acuerdan, además, un descuento por pronto pago del 4% si la mercancía es pagada al contado en el momento de la entrega, cosa que sucede.
Como gastos que debe pagar la empresa compradora están 200 euros de portes y 120 de seguros.
Confecciona la factura, sabiendo que todos los artículos llevan un 21% de IVA.

4.- Alfredo González, taxista de profesión, domiciliado en la C/ Arturo Soria, 123-4ª A 28020 Madrid, NIF: 05678954E, reposta su taxi en “Petróleos Oro Negro SA” C/ Alcalá,560 28020, CIF: A 22334455. Durante el mes de diciembre de 2007 se sirvió los siguientes días a estos precios:
 5/12: 46 litros de gasóleo a 0,80
 10/12: 52 litros de gasóleo a 0,81.
 15/ 12: 51 litros de gasóleo a 0,79
 20/12: 53 litros de gasóleo a 0,80
La gasolinera le aplica un descuento por rapells de un 5%.
El gasóleo lleva un IVA del 21%
Confecciona la factura de dicho mes.

5.- María Pérez es veterinaria, tiene su consulta en Avda América, 130 – Bajo A 28021 Madrid, NIF: 02345987-D compra el 16 de enero de 2008 a “ Distribuidora Canina SA” Polígono de las Mercedes Nave 456 CIF: A- 12345678, las siguientes mercancías:
 25 cajas de pastillas para desparasitar a 4,20 euros cada una. IVA: 10%
 15 cajas de pastillas para el catarro a 3,50 euros cada una IVA. 10%
 10 cestas para perros a 9 euros cada una. IVA: 21%.
 75 huesos a 2 euros cada uno, IVA 21%.
Descuento por volumen de ventas del 10% en los medicamentos.
Descuento pronto pago en medicamentos: 2%
Descuento comercial en cestas y huesos del 8%
Gastos de portes de 50 a repartir a medias entre los productos al 10% y al 21%.
Confecciona la factura.

6.- “Ferreterías Guzmán SL” está acogida al régimen especial de IVA de Recargo de Equivalencia compra a “Wurt SA” los siguientes materiales:
 3 cajas de tuercas H7 a 10 euros unidad.
 5 ejes cilíndricos a 14 euros unidad
 36 placas metálicas modelo X3 a 9 euros unidad
 20 cajas de rodamientos Y4 a 20 euros caja.
Invéntate los datos que necesites y haz la factura. IVA 21%

7.- “Ferreterías Guzmán SL” está acogida al régimen especial de IVA de Recargo de Equivalencia. El 20 de enero vende toda la mercancía de la factura anterior incrementando su precio un 100%, al departamento de automoción del IES Barajas. Se practica un descuento por volumen de ventas del 8% y un descuento por pronto pago del 3%
Haz la factura.

8.- “Centro SA” vende hoy al minorista Bernardo Río Seco, acogido al régimen especial del recargo de equivalencia los siguientes productos:
 100 unidades del producto C a 6 euros la unidad
 120 unidades del producto D a 10 euros la unidad
 200 unidades del producto E a 5 euros la unidad
Descuento comercial: 5%
IVA: 10%
Gastos incluídos en la factura:
 Embalajes: 18 euros
 Transportes: 54
 Seguros: 27 euros.

9.- “Centro SA” vende a “Industrias del Norte SA” las siguientes mercancías:
 200 unidades del producto A a 4 euros la unidad.
o Descuento comercial10%.
o Transporte 60 euros
o Embalajes: 18 euros
o 21% IVA
 500 unidades del producto C a 6 euros la unidad.
o Descuento pronto pago 10%.
o Transporte 90 euros
o Embalajes: 42 euros
o 10% IVA
 1.500 unidades del producto G a 5 euros la unidad.
o Descuento volumen ventas 05%.
o Transporte 601 euros
o Embalajes: 102 euros
o 4% IVA

10.- Mónica García, que vive en la C/ Estocolmo,67 – 9º A; 05001 Avila compró el 7 de diciembre de 2007 un mueble para su salón en Muebles K – 7 C/ Reyes Católicos, 15. 05002 Avila por 4.500 euros. Para pagarlo aceptó una letra por el importe de la factura, pagadera a 60 días vista en Caja Avila C/ San Sulpicio, 1 de Avila. Nº cuenta: 0808 7754 09 0009998887.
Muebles k-7 descontó al día siguiente la letra en Caja Segovia C/ Estrecho de Gibraltar, 15 de Avila, que la endosó 15 días más tarde a Enrique Martínez Campos C/ Estrecho de Bering, 56 bajo. 05012 Avila.
Confecciona la letra de cambio.

11.-“Electrodomésticos La Casa Fiel” de Valladolid, C/ Santiago,160, realizó una venta por un importe de 1.800 euros a Cecilia Cañedo López, C/ Moradas, 70 Medina del Campo, el día 15 de mayo de 2008. La librada expresó su deseo de pagar la letra en su domicilio a sesenta días vista.
La letra, que fue avalada por Lourdes Ortega Pº Zorrilla, 134 -3 A Valladolid, fue descontada por la Casa Fiel en el Banco Castilla, Pº Zorrilla,56, que la endosó al BSCH, C/ Antonio Machado, 23 -2 D de Valladolid quince días más tarde.
Confecciona la letra de cambio.

12.- Hilario López C/Ebro, 8 – 2ºC 48001 Soria compró el 5 de Septiembre de 2008 en Automóviles Gemoya C/Numancia,15 48003 Soria, un Opel Astra por la módica cantidad de 36.800 euros. Pagó 15.000 euros al contado y el resto lo pagará con una letra de cambio, que aceptó a 6 meses fecha. Hilario expresó su deseo que la letra sea pagada en su domicilio particular.
Automóviles Gemoya no descontó la letra haciéndose cargo de su cobro.
Al cabo de 15 días Gemoya endosó la letra a Neumáticos Michelín Avda de Soria, s/n 09876 Aranda de Duero.
La letra fue avalada por el padre de Hilario, Aureliano López, cuyo domicilio es el mismo.
Confecciona la letra.

13.- Expresa cual será el vencimiento de las siguientes letras:
 Letra librada el 31 de enero de 2006 a un mes fecha:
 Letra librada el 2 de diciembre de 2014 a dos meses fecha
 Letra librada el 28 de febrero a la vista.
 Letra librada el 14 de mayo de 2014 a 3 meses vista y aceptada el 16 de mayo.
 Letra a un mes vista librada el 31 de mayo y aceptada el 16 de junio.
 Letra librada y aceptada el 14 de mayo a 22 días vista.

14.- Pon un ejemplo de una letra en la que identifiques al librador, al librado, al tomador, al avalista, al endosante y al endosatario.

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